Diligencia del Registro civil de Gijón
Posted: Fri Jun 24, 2016 4:09 am
¡Hola!
A continuación transcribo íntegramente la diligencia del registro civil que me enviaron en septiembre de 2015 a cuenta de una petición de certificado de nacimiento de unas tías abuelas mías:
"Para hacer constar que las certificaciones solicitadas NO PUEDEN SER EXPEDIDAS POR:
1. Examinados los tomos e índices correspondientes a las personas y fechas indicadas, no han sido halladas las inscripciones. Comprueben nuevamente los datos facilitados. Si tiene constancia de los datos registrales (Tomo y página), rogamos nos los faciliten.
2. Las inscripciones correspondientes a fechas anteriores a 1950 no se encuentran digitalizadas por lo que no es posible su búsqueda en el sistema informático general y es necesario conocer con exactitud la fecha en que acaecieron los hechos inscritos. Por otro lado, en particular los tomos correspondientes a los años 1870-1907 se encuentran en avanzado estado de deterioro por lo que se hace más necesario el conocimiento de las fechas correctas en que acaecieron los hechos inscritos.
3. Le recordamos que no compete a los registros civiles la realización de labores de investigación y que el interés en conocer los asientos registrales y la expedición de certificados por parte del Registro Civil debe estar relacionada con la prueba administrativa, judicial o de otra índole del estado civil y que la expedición de certificados para otros fines supone desnaturalizar esta función y alterar el normal desenvolvimiento del trabajo registral.
Si el interés es otro baste recordar la existencia de otros archivos y/o registros donde se puede satisfacer esta curiosidad. Puede Vd dirigirse al Registro diocesano del Arzobispado de Oviedo, donde figuran inscritas todas las personas bautizadas, casadas o fallecidas, perteneciene al territorio del Arzobispado".
A continuación transcribo íntegramente la diligencia del registro civil que me enviaron en septiembre de 2015 a cuenta de una petición de certificado de nacimiento de unas tías abuelas mías:
"Para hacer constar que las certificaciones solicitadas NO PUEDEN SER EXPEDIDAS POR:
1. Examinados los tomos e índices correspondientes a las personas y fechas indicadas, no han sido halladas las inscripciones. Comprueben nuevamente los datos facilitados. Si tiene constancia de los datos registrales (Tomo y página), rogamos nos los faciliten.
2. Las inscripciones correspondientes a fechas anteriores a 1950 no se encuentran digitalizadas por lo que no es posible su búsqueda en el sistema informático general y es necesario conocer con exactitud la fecha en que acaecieron los hechos inscritos. Por otro lado, en particular los tomos correspondientes a los años 1870-1907 se encuentran en avanzado estado de deterioro por lo que se hace más necesario el conocimiento de las fechas correctas en que acaecieron los hechos inscritos.
3. Le recordamos que no compete a los registros civiles la realización de labores de investigación y que el interés en conocer los asientos registrales y la expedición de certificados por parte del Registro Civil debe estar relacionada con la prueba administrativa, judicial o de otra índole del estado civil y que la expedición de certificados para otros fines supone desnaturalizar esta función y alterar el normal desenvolvimiento del trabajo registral.
Si el interés es otro baste recordar la existencia de otros archivos y/o registros donde se puede satisfacer esta curiosidad. Puede Vd dirigirse al Registro diocesano del Arzobispado de Oviedo, donde figuran inscritas todas las personas bautizadas, casadas o fallecidas, perteneciene al territorio del Arzobispado".